+ Ad Maiorem Dei Gloriam +

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En el Catecismo de la Iglesia Católica leemos:

 

1471- La doctrina y la práctica de las indulgencias en la Iglesia están estrechamente ligadas a los efectos del sacramento de la Penitencia (Pablo VI, const. ap. "Indulgentiarum doctrina", normas 1-3).

 

"La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los santos".

"La indulgencia es parcial o plenaria según libere de la pena temporal debida por los pecados en parte o totalmente".

"Todo fiel puede lucrar para sí mismo o aplicar por los difuntos, a manera de sufragio, las indulgencias tanto
parciales como plenarias" (CIC, can. 992-994).

 

 

 

El perdón de los pecados graves obtiene de nuevo la union  con Dios y le libera de las penas eternas del infierno, pero quedan unas penas temporales por satisfacer a la justicia Divina. Todo pecado incluso el leve implica un mal que debe ser purificado, bien sea aquí abajo, soportando con paciencia las pruebas, trabajos, y sufrimientos que Dios permita enviarnos, o bien después de la muerte en el estado que se llama purgatorio. E como borrar una cicatriz de la herida que el pecado dejó en el alma. También se pueden librar estas penas mediante las obras de misericordia tanto espirituales como corporales, con la oración y con el sacrificio. Asistir a la Misa con devoción tiene un valor incalculable, como no lo podemos imaginar.

Pre-requisitos para ganar indulgencias:

Indulgencia Parcial:
-tener la intención de ganar indulgencias
-realizar la obra o la oración prescrita
-estar en estado de gracia

Indulgencia Plenaria:
-tener la intención de ganar la indulgencia
-realizar la obra o la oración prescrita
-Confesión Sacramental
-Comunión Eucarística
-Oración por las intenciones del Santo Padre. (Padre Nuestro. Ave María. Gloria. Credo)

La indulgencia plenaria solo puede ser adquirida una vez en el transcurso del día (excepto en el momento de la muerte). Es además requerido que toda atadura al pecado, incluso al venial, este ausente.
Aunque la comunión y la oración por el santo Padre es requerida en el mismo día en que se ejecuta la obra o la oración, la confesión puede ser hecha 8 días antes o después. Si falta
alguna de estas condiciones, se gana solo indulgencia parcial.

 

1472 Para entender esta doctrina y esta práctica de la Iglesia es preciso recordar que el pecado tiene una doble consecuencia. El pecado grave nos priva de la comunión con Dios y por ello nos hace incapaces de la vida eterna, cuya privación se llama la "pena eterna" del pecado. Por otra parte, todo pecado, incluso venial, entraña apego desordenado a las criaturas que tienen necesidad de purificación, sea aquí abajo, sea después de la muerte, en el estado que se llama Purgatorio. Esta purificación libera de lo que se llama la "pena temporal" del pecado. Estas dos penas no deben ser concebidas como una especie de venganza, infligida por Dios desde el exterior, sino como algo que brota de la naturaleza misma del pecado. Una conversión que procede de una ferviente caridad puede llegar a la total purificación del pecador, de modo que no subsistiría ninguna pena (Cc. de Trento: DS 1712-13; 1820).

1473 El perdón del pecado y la restauración de la comunión con Dios entrañan la remisión de las penas eternas del pecado. Pero las penas temporales del pecado permanecen. El cristiano debe esforzarse, soportando pacientemente los sufrimientos y las pruebas de toda clase y, llegado el día, enfrentándose
serenamente con la muerte, por aceptar como una gracia estas penas temporales del pecado; debe aplicarse, tanto mediante las obras de misericordia y de caridad, como mediante la oración y las distintas prácticas de penitencia, a despojarse completamente del "hombre viejo" y a revestirse del "hombre nuevo" (cf. Ef 4,24).

 

1474 El cristiano que quiere purificarse de su pecado y santificarse con ayuda de la gracia de Dios no se encuentra sólo. "La vida de cada uno de los hijos de Dios está ligada de una manera admirable, en Cristo y por Cristo, con la vida de todos los otros hermanos cristianos, en la unidad sobrenatural del Cuerpo místico de Cristo, como en una persona mística" (Pablo VI, Const. Ap. "Indulgentiarum doctrina", 5).

1475 En la comunión de los santos, por consiguiente, "existe entre los fieles -tanto entre quienes ya son bienaventurados como entre los que expían en el purgatorio o
los que que peregrinan todavía en la tierra- un constante vínculo de amor y un abundante intercambio de todos los bienes" (Pablo VI, ibid). En este intercambio admirable, la santidad de uno aprovecha a los otros, más allá del daño que el pecado de uno pudo causar a los demás. Así, el recurso a la comunión de los santos permite al pecador contrito estar antes y más eficazmente purificado de las penas del pecado.

1476 Estos bienes espirituales de la comunión de los santos, los llamamos también el tesoro de la Iglesia, "que no es suma de bienes, como
lo son las riquezas materiales acumuladas en el transcurso de los siglos, sino que es el valor infinito e inagotable que tienen ante Dios las expiaciones y los méritos de Cristo nuestro Señor, ofrecidos para que la humanidad quedara libre del pecado y llegase a la comunión con el Padre. Sólo en Cristo, Redentor nuestro, se encuentran en abundancia las satisfacciones y los méritos de su redención (cf Hb 7,23-25; 9, 11-28)" (Pablo VI, Const. Ap. "Indulgentiarum doctrina", ibid).

1477 "Pertenecen igualmente a este tesoro el precio verdaderamente inmenso, inconmensurable y siempre nuevo que tienen ante Dios las oraciones y las buenas obras
de la Bienaventurada Virgen María y de todos los santos que se santificaron por la gracia de Cristo, siguiendo sus pasos, y realizaron una obra agradable al Padre, de manera que, trabajando en su propia salvación, cooperaron igualmente a la salvación de sus hermanos en la unidad del Cuerpo místico" (Pablo VI, ibid).

 

1478 Las indulgencias se obtienen por la Iglesia que, en virtud del poder de atar y desatar que le fue concedido por Cristo Jesús, interviene en favor de un cristiano y le abre el tesoro de los méritos de Cristo y de los santos para obtener del Padre de la misericordia la remisión de las penas temporales debidas por sus pecados. Por eso la Iglesia no quiere solamente acudir en ayuda de este cristiano, sino también impulsarlo a hacer a obras de piedad, de penitencia y de caridad (cf Pablo VI, ibid. 8; Cc. de Trento: DS 1835).

1479 Puesto que los fieles difuntos en vía de purificación son también miembros de la misma comunión de los santos, podemos ayudarles, entre otras formas, obteniendo para ellos indulgencias, de manera que se vean libres de las penas temporales debidas por sus pecados.

 

LAS INDULGENCIAS: “ UN TESORO DE LA GRACIA.”

Principales obras que tienen concedida la Indulgencia Plenaria.

- El Rezo del Rosario: cinco misterios que han de decirse seguidos, y se ha de ir meditando en ellos. Es preciso, además, rezarlo ante el Santísimo, o en familia, o en comunidad religiosa o en asociación piadosa.

-El Vía-Crucis, delante de las estaciones legítimamente erigidas. Basta , mientras se hace, meditar en la pasión y muerte del Señor, sin que sean necesario la consideración de cada Estación (puede leerse atentamente cada estación …) Hay que recorrer las catorce estaciones (si lo hacen muchos públicamente, basta que recorra las estaciones el que lo dirige). Los impedidos para hacer el Vía-Crucis pueden ganar indulgencia plenaria con media hora de lectura y meditación sobre la pasión y muerte de Ntro. Sr.

-La Visita al Santísimo durante media hora.

-leer la Sagrada Escritura al menos durante media hora.

-Hacer los Ejercicios Espirituales al menos durante tres días.

-Recibir con devoción la Bendición del Papa, aunque solo sea por la Radio.

-Visitar el cementerio orando por los difuntos cada día, del 1-8 de Noviembre. (Esta indulgencia solo vale para aplicarla por los difuntos)

-Asistir a la Adoración de la Santa Cruz el Viernes Santo.

-La oración “Miradme...” ante la imagen de Cristo Crucificado, después de la comunión los Viernes de Cuaresma.

-El Acto de reparación rezado públicamente en la fiesta del Sagrado Corazón.

-La Consagración del genero humano a Cristo Rey, rezada públicamente en su fiesta.

-Asistir a una primera Misa o comunión o ha una Misa jubilar (25,50 o 60 años)

-El “Tantum Ergo” rezado el Jueves Santo.

-El “Te Deum” rezado solemnemente el ultimo día del año.

-El “Veni Creator” rezado solemnemente el día de Pentecostés.

-La renovación de las promesas del bautismo en la Vigilia Pascual y el día aniversario del bautizo.