La Federación Internacional Una Voce ha publicado un interesante informe sobre la actitud de la Santa Sede hacia las Iglesias Orientales y sus tradiciones liturgicas y su importante relación con la Misa tradicional o Rito Romano Extraordinario, que a continuación transcribimos para nuestros lectores:
“La conservación y promoción en Occidente de la antigua tradición litúrgica reviste considerable importancia para los cristianos de otras tradiciones litúrgicas ancestrales, tanto para los que están en plena comunión con Roma como para los que no lo están. El respeto y la práctica continua del Rito Extraordinario son una consecuencia práctica necesaria de la tradicional política de respeto a las tradiciones orientales por parte de la Santa Sede.
Promoción de la unidad y la reverencia hacia los ritos orientales
Su Santidad León XIII aclaró y subrayó cuál debe ser la debida actitud de respeto hacia los ritos orientales, en particular en su encíclica de 1894 Orientalium dignitas. Refiriéndose a la relación de la Santa Sede con los católicos orientales, afirma:
Tampoco fue la última expresión de su actitud vigilante guardar y conservar para siempre las costumbres y las diversas formas de administrar los sacramentos que en su sabia autoridad había declarado legítimos.
Y una vez más:
A decir verdad, es más importante de lo que parece conservar los ritos orientales. Su augusta antigüedad aporta nobleza a los diversos ritos, constituye una preciado tesoro para la Iglesia y confirma la unidad que ha dado Dios a la fe católica.
Las disposiciones prácticas de la encíclica apuntan a revertir el proceso de latinización de los católicos orientales, ya fuera sustituyendo totalmente o en parte su rito por el latino, o asimilando el rito oriental al latino por parte de personas individuales o de grupos, procesos que ocasionalmente habían sido aprobados por la Santa Sede.
Las palabras de León XIII se reflejan con bastante fidelidad en el decreto Orientalium Ecclesiarum del Concilio Vaticano II, que expresa seguidamente la necesidad de purificar los ritos orientales de los elementos latinos que puedan haberse desafortunadamente introducido en ellos:
Sepan y tengan por cierto todos los orientales que pueden y deben conservar siempre sus legítimos ritos litúrgicos y su organización y que no deben introducir cambios sino por razón de su propio y orgánico progreso. Todo esto deben cumplirlo con la máxima fidelidad los mismos orientales, quienes deben adquirir un conocimiento cada día mayor y una práctica cada vez más perfecta de estas cosas; y si se hubiesen apartado indebidamente por diversas circunstancias de tiempo o de personas, procuren con empeño volver a sus antiguas tradiciones.
El Concilio reconoce además que las diversas tradiciones orientales han conservado aspectos teológicos particulares valiosos para toda la Iglesia.
En su ferviente carta apostólica Orientale Lumen, publicada con motivo del centenario de Orientalium dignitas, S. Juan Pablo II exigió el pleno respeto de la dignidad de los demás sin afirmar que el conjunto de los usos y costumbres latino fuese más completo o más adecuado para mostrar la plenitud de la recta doctrina.
El Concilio Vaticano II destacó la importancia de esta norma para las relaciones con las iglesias ortodoxas. Orientalium Ecclesiarum abogaba por la promoción de la unidad entre los católicos de rito oriental y otros cristianos orientales , entre otras cosas mediante ‘con la religiosa fidelidad a las antiguas tradiciones orientales’.[La instrucción Il Padre, incomprensibile (21), de la Congregación para las Iglesias Orientales reiteró la importancia de ello:
Por consiguiente, en todo intento de renovación litúrgica debe tenerse en cuenta la costumbre de los hermanos ortodoxos, conociéndola, respetándola y apartándose lo menos posible de ella a fin de no incrementar más la separación.
Este pasaje nos recuerda una conocida frase de San Pío X: la liturgia de los católicos de rito no latino debe ser ‘nec plus, nec minus, nec aliter’ (‘ni más, ni menos, ni diferente’) a consecuencia de reintegrarse a la plena comunión con la Sede petrina.
La reforma litúrgica latina
La reforma litúrgica que tuvo lugar después del Concilio Vaticano II creó una nueva situación con respecto a los ritos orientales. a partir de entonces, las tendencias latinizantes se basarían en los ritos reformados, que en ciertos aspectos se apartan más de los auténticos principios litúrgicos de Oriente que la antigua tradición litúrgica latina. Es más, explicaciones teológicas generalizadas de la reforma y el ímpetu tras numerosos abusos litúrgicos en Occidente se expresaban con frecuencia de tal manera que daban a entender que las costumbres orientales adolecían de graves defectos.
Por ejemplo, la reforma latina sufrió el abandono prácticamente universal de la orientación tradicional, en la al celebrar la Misa el sacerdote miraba hacia oriente. Salvo en el caso de unas pocas iglesias muy excepcionales, esto quería decir que miraba en la misma dirección que los fieles La promoción de este cambio de orientación, que no se discutió en las sesiones del concilio Vaticano II ni ha sido jamás obligatoria en la Iglesia Latina, ha venido acompañada de polémica en torno a la práctica tradicional. Se dice despreciativamente que “el sacerdote le da la espalda al pueblo”. Esta polémica no está respaldada por documentos oficiales de la Iglesia y ha sido objeto de críticas frecuentes, en particular por parte de S. S. Benedicto XVI. A pesar de ello, está muy generalizada, y se aplica indudablemente de la tradición de celebrar ad orientem en los ritos orientales. La Congregación para las Iglesias Orientales consideró necesario abordar el tema en Il Padre (107):
No se trata, como tantas veces se ha afirmado, de presidir la celebración dando la espalda a los fieles, sino de guiar a estos en su peregrinación hacia el Reino, que es invocado en oración hasta que vuelva el Señor.
Dicha práctica, amenazada en numerosas iglesias católicas orientales por renovada y reciente influencia latina reviste un profundo valor y debe por tanto ser salvaguardada por ser ciertamente coherente con el espíritu de la liturgia oriental.
De modo parecido, la misma instrucción considera necesario defender tradiciones orientales como que la comunión sea administrada exclusivamente por sacerdotes, un ayuno eucarístico más prolongado que el actualmente vigente en la Iglesia latina, una ‘orientación penitencial’ de la liturgia, y el empleo del arte sacro y las formas arquitectónicas tradicionales en los templos. Todas estas características de la tradición latina han sido objeto de críticas, denigración y hasta ridículo en los debates en torno a la reforma litúrgica.
Un documento anterior de la Congregación para las Iglesias Orientales, la instrucción Observaciones sobre el ordinario de la Santa Misa en en la Iglesia Siromalabar, fechada en 1984, contiene más ejemplos todavía del mismo fenómeno. Se hace alusión a las frecuentes críticas a las oraciones que se rezan en silencio durante el Canon de la Misa.
Se dice a veces que todas las oraciones litúrgicas deben rezarse en voz alta para que todo el mundo las oiga. Tanto histórica como litúrgicamente, este principio es falso. Hay oraciones que han sido formuladas expresamente para rezarse durante el canto, en una profesión o mientras el pueblo realiza otras actividades, o bien son apologías pro clero. Del mismo modo que los sacerdotes no tienen por qué cantar todo lo que canta el pueblo, tampoco es necesario que los fieles oigan todas las oraciones. De hecho, rezar todas las oraciones en voz alta interrumpiría la debida marcha de la estructura litúrgica .
Benedicto XVI también se opuso firmemente a los ataques contra las oraciones en silencio durante la misa. En modo alguno forma parte de la teología oficial de la reforma, y desde luego el Misal de 1970 contiene varias oraciones en silencio para que las rece el oficiante. A pesar de ello, es cierto que la reforma y su aplicación han conducido a un considerable alejamiento de las oraciones en silencio por parte de la Iglesia latina, lo cual ha suscitado una polémica teológica, hasta el punto de llegarse a afirmar que dichas oraciones excluyen indebidamente a los fieles de la participación litúrgica.
Una instrucción de 1981 exhorta asimismo a los obispos del rito siro-malabar a oponerse a las tendencias latinizantes que incorporarían a su liturgia oraciones que no figuran en las rúbricas, la lectura de las Escrituras desde un atril en lugar del altar, complejas procesiones durante el ofertorio y oraciones espontáneas. Con respecto a esta última cuestión, refiriéndose a los experimentos litúrgicos de la Iglesia latina, señala: ‘No hay necesidad de imitar los errores ajenos.’
Establecer un paralelo general entre las tradiciones litúrgicas orientales y la Forma Extraordinaria del Rito Romano sería una forma de entender la participación en la liturgia que no depende de ver y oír todo lo que hace y dice el celebrante. Como señaló S. Juan Pablo II:
La larga duración de las celebraciones, las continuas invocaciones, todo expresa un progresivo ensimismarse en el misterio celebrado con toda la persona.
Función del Rito Extraordinario en el Rito romano
Las polémicas teológicas generalizadas en torno a numerosos aspectos de la tradición compartida de la Iglesia, y aun la noción misma de tradición, socavan el programa de conservación y restablecimiento de los Ritos Orientales urgida por el Concilio Vaticano II, así como las manifestaciones de respeto a las tradiciones de los cristianos de Oriente que no están en comunión con Roma.
Una manera importante de situar estas cuestiones en su debido contexto y de concretar a nivel local la verdadera enseñanza de la Iglesia sería dar la tradición litúrgica de Occidente el lugar adecuado que exigía para ella el papa Benedicto. Cuando el Rito Extraordinario logra hacerse sitio en la vida litúrgica normal de las parroquias y diócesis, gozando de respaldo visible por parte de la jerarquía, socava la idea de que los erróneos principios teológicos arriba mencionados forman parte del magisterio oficial de la Iglesia. Es más, cuando los católicos conocen por experiencia esta forma del Rito romano están en mucha mejor situación para apreciar el valor de los ritos orientales, la naturaleza de la participación de los seglares en ellos y el valor litúrgico de la propia tradición.
La creación de congregaciones católicas de rito oriental en países donde predomina la tradición latina añade valor a estas consideraciones. S. Juan Pablo II recomendó que, en dicho contexto, los católicos latinos se familiaricen con la liturgia de sus hermanos orientales; en muchos aspectos, el Rito Extraordinario puede tender un puente que conduzca al entendimiento mutuo que deseaba.
En este contexto, no es de sorprender que el motu proprio Summorum Pontificum de Benedicto XVI tuviera tan buena acogida por parte del patriarca Alexis II de Moscú. Ciertamente los practicantes de los ritos católicos latinos no pueden esperar que se los tome en serio al afirmar el valor de las tradiciones orientales si ellos mismos no tratan con respeto a su propia tradición”.
Joseph Shaw
Fuente: F.I.U.V. y traducido para Adelante la Fe por J.E.F.